Nemo auditur propriam turpitudinem allegans
El presente artículo examina el principio jurídico nemo auditur propriam turpitudinem allegans, según el cual nadie puede beneficiarse jurídicamente de su propia conducta ilícita o reprochable. A partir de sus raíces en el derecho romano y su evolución a través de las condictiones, se analiza su aplicación jurisprudencial en Colombia y su proyección funcional en el sistema jurídico de los Estados Unidos. El estudio compara cómo, pese a las diferencias entre la tradición civilista y el common law, ambos ordenamientos comparten una misma finalidad: preservar la coherencia del sistema jurídico y evitar que el derecho sea utilizado como instrumento para legitimar ventajas derivadas de la propia torpeza.








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